martes, 8 de enero de 2019

El Plan de Ayutla y las Leyes de Reforma

El 1° de marzo de 1854 un oscuro militar, el coronel Florencio Villarreal, lanzó en Ayutla el Plan que lleva su nombre, invitando a la nación a derrocar a Antonio López de Santa Anna y, como algo novedoso –en contraste con los planes de cuartelada y motín-, propone que, en lugar de sustituirlo simplemente con otro Gobierno, el presidente interino designado por los triunfadores deberá convocar a un Congreso Extraordinario

…el cual se ocupará exclusivamente de constituir a la nación bajo la forma de una República representativa popular y de revisar los actos del poder provisional.

Invitado el general Juan Álvarez, junto con otros jefes militares, aceptó ponerse al frente de las fuerzas libertadoras y cuando se alcanzó el triunfo, encabezó al Gobierno provisional.

La fuerte personalidad de este patriota, de escasas letras pero de una gran sensibilidad y experiencia, le permitió en el momento oportuno convertirse en el centro en torno del cual las nuevas generaciones iniciaron la lucha a su sombra; Juan Álvarez, el insurgente y constante luchador por las causas del pueblo, jugó un papel definitivo y de especial importancia al encauzar la lucha a la sombra del Plan de Ayutla.

Este Plan, aparentemente intrascendente, tuvo la virtud de permitir que en torno a él se agruparan las más valiosas personalidades del mundo progresista del México de entonces, ya fueran los que sufrían el destierro, como Juárez, Ocampo y Mata, o los que para salvar su vida se habían refugiado en medio de las montañas; despertado el entusiasmo, también los escépticos y pasivos que en un principio no se habían decidido a actuar, pronto se dirigieron al puerto de Acapulco y más tarde a Cuernavaca, para ofrecer sus servicios.

A partir de esos días se inició uno de los más limpios movimientos de la historia mexicana, que culminó como primera etapa, en la preparación y, más tarde, promulgación de una Constitución moderada, la que todavía el Congreso Constituyente consideró conveniente iniciar en la forma siguiente: “En el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo mexicano…”

Antes de reunirse en el Congreso, el grupo radical del que formaban parte destacadamente Juárez, Ocampo, Miguel Lerdo de Tejada, Ignacio Ramírez, Guillermo Prieto, etcétera, había logrado que, obedeciendo el clamor popular, el gobierno provisional interino expidiera una importantísima Ley sobre Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación del Distrito y Territorios. Por haber sido redactada personalmente por Juárez, en funciones de ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos y presentada a la consideración del Consejo de Ministros, ha recibido el nombre, desde su expedición, el 23 de noviembre de 1855, de “Ley Juárez”.

Con esta ley se logró la abolición de los fueros, pues en el artículo 42, en forma categórica, se declara que se suprimen los numerosos tribunales especiales, con excepción de los eclesiásticos y militares, a los que se restringe su jurisdicción en la forma siguiente:

Los tribunales eclesiásticos cesarán de conocer en los negocios civiles y continuarán conociendo de los delitos comunes de individuos de su fuero, mientras se expide una ley que arregle ese punto. Los tribunales militares cesarán también de conocer de los negocios civiles y conocerán tan sólo de los delitos puramente militares o mixtos de los individuos sujetos al fuero de guerra. Las disposiciones que comprende este artículo son generales para toda la República y los Estados no podrán variarlos o modificarlos.

Esta ley trascendental colocó a todos los mexicanos en el mismo nivel ante la sociedad, eliminando categorías y prejuicios que se venían arrastrando desde la época colonial. Fue, no cabe duda, la primera de las Leyes de Reforma.

Los altos dignatarios de la Iglesia Católica, en el fondo, no rechazaron la Ley en la parte de la supresión del fisco eclesiástico; varios de ellos solicitaron que se pidiera al Papa su conformidad, como requisito para ponerla en vigor. Juárez, como Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos, en nombre del Gobierno se negó, por considerar que el Estado tenía facultades para legislar en cuestiones civiles.

Los documentos cruzados sobre este tema por el arzobispo de México y los obispos de Michoacán, San Luis Potosí y de Guadalajara, constituyen un diálogo epistolar de gran altura.
(Ignacio Comonfort)

Firme en su propósito de transformación, el gobierno interino, no obstante que se había retirado el general Juan Álvarez de la presidencia de la República y lo sustituyó Comonfort, expidió el 25 de junio de 1856, a iniciativa de Miguel Lerdo de Tejada, la Ley de desamortización de Bienes del Clero y de Corporaciones, instrumento que tenía fundamentalmente un propósito económico: poner en circulación los bienes de manos muertas, que no contribuían al progreso económico del país y, como segundo objetivo, eliminar la influencia económica de la Iglesia, que, por su naturaleza conservadora, frenaba el progreso del país y, a la vez, le permitía disponer de una gran fuerza política. Habrá que considerar este paso como otra de las Leyes de Reforma.

Ambas disposiciones fueron examinadas por el Congreso Constituyente y después de acaloradas discusiones, incorporadas a la Constitución del 5 de febrero de 1857.

Dominando en el Congreso Constituyente liberales moderados, no fue posible que se incluyeran en la Constitución reformas radicales, pero se incorporaron los derechos del hombre, pregonados por la Revolución Francesa setenta años antes y por ello se declaró la absoluta prohibición de la esclavitud; la desautorización a los votos religiosos; se estableció la libertad de pensamiento y de expresión de las ideas, el derecho de asociación y de viajar dentro y fuera del país, se abolieron los títulos de nobleza, etcétera. Sin embargo, no fue posible que se precisara la situación de la Iglesia frente al Estado, tampoco se logró que se legislara sobre la enseñanza y, menos aún, que se examinara el grave problema agrario.
Pero no se piense que por falta de conocimiento de los mismos; varios diputados presentaron iniciativas concretas sobre estos temas pero la mayoría los rechazó, prefiriendo dentro de un espíritu de conciliación abstenerse de incluirlos en la Constitución.


(Benito Juárez)

Juárez que, desde enero de 1856, desempeñaba el cargo de gobernador del Estado de Oaxaca, al principio con carácter interino y más tarde por elección popular, siguió paso a paso las deliberaciones del Congreso Constituyente. No estuvo satisfecho del rumbo que el Congreso tomó y menos del texto constitucional final, por lo que al instalar el Congreso local, el 21 de junio de 1857, dijo en la ciudad de Oaxaca, comentando los anhelos insatisfechos:

Verdad es que en esa Constitución aún no se han establecido de lleno y con franqueza, todos los principios que la causa de la libertad demanda para que México disfrute de una paz perdurable. Verdad es también que establecer esos principios por medio de adiciones y reformas, corresponde a los representantes de la Nación; pero entre tanto, vuestra sabiduría y patriotismo os ministrará medios a propósito para preparar los ánimos de vuestros comitentes, removiendo los obstáculos que los intereses bastardos, las preocupaciones y la ignorancia oponen al mejoramiento de nuestra sociedad.

En estas palabas, no sólo se ve al ideólogo insatisfecho, sino al político previsor, que está convencido que podrá, en el futuro, hacer avanzar el texto constitucional. En cierta medida, en las frases anteriores, se observa el anticipo de la acción que más tarde permitiría promulgar las Leyes de Reforma.

A finales de 1857, Comonfort realiza el golpe de Estado; Juárez, en funciones de Presidente de la Suprema Corte, asume la Presidencia interina de la República e instala, después de varias peripecias, el gobierno legítimo en el puerto de Veracruz.

El golpe de Estado y la cruenta lucha posterior, en lugar de desanimar a los liberales, reforzó el grupo radical y pronto los hombres que estaban con las armas en la mano requirieron y exigieron al Gobierno que tomara medidas adecuadas para contrarrestar la acción de la Iglesia, pues ésta proporcionaba recursos económicos a los conservadores que, a la sombra del lema “Religión y Fueros”, se oponían a la vigencia de la Constitución.
Fue así como, a partir de julio de 1859, el Gabinete integrado por Manuel Ruiz, Melchor Ocampo y Miguel Lerdo de Tejada, bajo la presidencia de Benito Juárez, resolvió expedir las siguientes leyes que forman la segunda etapa de las que la historia ha denominado “Leyes de Reforma”:

Separación de la Iglesia y del Estado (12 de julio).

Nacionalización de los bienes del clero (12 de julio).

Matrimonio civil (23 de julio).

Secularización de cementerios (31 de julio).

Calendario de fiestas públicas laicas (11 de agosto).

La lucha se hizo aún más violenta, exacerbada por la expedición de las leyes anteriores. El segundo semestre de 1859 fue adverso para los liberales, pero al año siguiente cambió la situación, seguramente estimulados por su nueva bandera: las Leyes de Reforma. En diciembre de 1860 alcanzaban el triunfo militar definitivo en Calpulalpan, México, al mando del general Jesús González Ortega.

En diciembre de 1860, Juan Antonio de la Fuente elabora y presenta a la consideración del Gabinete –ahora formado por Ocampo, Emparan y De la Llave-, la Ley sobre la Libertad de cultos, que constituye la última de estas etapas de las reformas.

De regreso a la capital, Juárez no se limita a establecer la administración legítima, sino que auxiliado por un equipo fogueado, audaz y enérgico, pone en marcha la aplicación de las Leyes de Reforma, iniciando la exclaustración de monjas y frailes, tomando posesión de los bienes del clero y de los cementerios, instalando y reforzando el Registro Civil y manteniendo la más completa separación de funciones entre el Estado y el clero.

(Tomado de: Jorge L. Tamayo - Antología de Benito Juárez. Biblioteca del Estudiante Universitario #99)



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